Los sucesos no previstos alteran el normal funcionamiento de los centros productivos. Además sus consecuencias pueden llegar a ser verdaderamente catastróficas. Minimizar sus devastadores efectos y asegurar una correcta protección de las personas que ocupan los lugares de trabajo es la misión fundamental del manual de autoprotección. En él se contienen las consignas de actuación para cada tipo de emergencia. Con el Manual de Autoprotección se pretende, además de cumplir con la normativa legal en materia de prevención de riesgos laborales, salvaguardar la integridad del activo más preciado de la empresa, sus trabajadores.
El manual de autoprotección contiene cuatro documentos
- Documento nº 1: Evaluación del riesgo Valora las condiciones de riesgo del centro
- Documento nº 2: Medios de protección Describe los medios técnicos y humanos para la prevención y control de las emergencias
- Documento nº 3: Plan de emergencias Establece los planes de actuación para cada uno de las posibles situaciones de emergencia
- Documento nº 4: Implantación Actuaciones necesarias para la puesta en conocimiento y mantenimiento del plan
Con el Real Decreto 1627/97 sobre disposiciones mínimas de seguridad en obras de construcción, surgieron dos documentos legales de obligado elaboración y cumplimiento; los Estudios y Planes de Seguridad y Salud de obra. Pero todavía hoy existen demasiadas dudas y críticas sobre ellos y sobres los que los realizan, debido a la irregular elaboración y casi nula implantación. Muy pocas empresas y técnicos asumen estos elementos, como herramientas de gestión de la prevención de la obra y no tienden a caer en Planes o Estudios estándares, genéricos, libros ilegibles, en definitiva sin las especificaciones necesarias y reales de cada obra.
Con la reforma de la Ley de Prevención (L.54 / 2003) y el nuevo reglamento de coordinación de actividades empresariales (RD 171/04) sanciona las prácticas anteriores y a la vez obliga a la empresas a mejorar la implantación de la prevención dentro de las obras de construcción y su conjunto de empresas. Pero que pasa, con una cuestión muy extendida y demasiado escuchada; LA SUBCONTRATACIÓN.
El término "ergonomía forense" se refiere a la aplicación de los conocimientos del campo de la ergonomía y la psicosociología a los asuntos legales; es decir, los especialistas en esta disciplina -ergónomos- son los profesionales competentes para dar su testimonio en los juicios sobre daños causados a la persona en el marco de la actividad laboral o en relación con los objetos y artefactos en la condición de usuario.
Los casos en los que puede intervenir el ergónomo como perito judicial son -por ejemplo- las incapacidades laborales, analizando el trabajo del sujeto en las condiciones laborales en las que desarrolla su actividad; los accidentes de trabajo, tratando de reconstruirlos y de mostrar la multitud de factores concurrentes que se han incumplido; las enfermedades profesionales por factores de riesgos ergonómicos, mostrando la relación causa-efecto o las psicopatologías laborales.
Los dictámenes periciales tienen que indicar las causas que han ocasionado una psicopatología laboral, como el estrés, el "burnout" (síndrome del quemado), el "mobbing" (acoso moral en el trabajo) o los daños causados por los productos no ergonómicos.
La finalidad de la investigación de accidentes de trabajo es descubrir todos los factores que intervienen en la génesis de los mal llamados "accidentes", buscando causas y no culpables. El objetivo de la investigación debe ser neutralizar el riesgo desde su fuente u origen, evitando asumir sus consecuencias como inevitables.
¿Qué se persigue con la Investigación de Accidentes?
Los objetivos de una investigación de accidentes son de dos tipos:
Directos:
- Conocer los hechos sucedidos
- Deducir las causas que los han producido.
Preventivos:
- Eliminar las causas para evitar casos similares
- Aprovechar la experiencia para la prevención.
¿Cuales son los accidentes que se deben investigar?
En principio se deberían investigar todos los accidentes, puesto que es una obligación legal establecida para el empresario. No obstante no tiene demasiada lógica burocratizar la prevención e investigar todo absolutamente con la misma intensidad (Art. 14.3, L.P.R.L).
En el diseño y rediseño de puestos de trabajo, con frecuencia se analizan situaciones de una forma inapropiada, debido a premuras, o a la ignorancia de la complejidad de las mismas. Esta manera de actuar pasando por alto las intensas interrelaciones que existen entre personas, máquinas y ambientes, provoca errores que, en forma de cadena, pueden terminar en accidentes, lesiones, defectos de fabricación, gastos económicos, producción defectuosa, etc.
En el diseño o rediseño de puestos de trabajo es imprescindible considerar las relaciones que existen entre todos los factores y situaciones que forman parte de los sistemas Persona-Máquina; es decir, realizar un análisis sistémico de la situación. Este enfoque es el que recomendamos aplicar cuando tenemos que realizar un proyecto de diseño o rediseño de puestos de trabajo, entendiendo como "puesto de trabajo" cualquier sitio donde se encuentre una persona, independientemente de que esté trabajando, divirtíendose, descansando o durmiendo. El enfoque sistémico es indispensable, pues detrás de los problemas que se manifiestan en un puesto de trabajo pueden esconderse causas muchas veces insospechadas que de no resolverse a tiempo resultaría seguramente imposible hallar la solución correcta posteriormente.
